DECRETO DE APROBACIÓN DE LAS BASES: RESOLUCIÓN BASES DE LA CONVOCATORIA

SOLICITUD DE LA CONVOCATORIA: SOLICITUD RELLENABLE

 

AYUDAS DE ESTUDIO DESTINADAS A ESTUDIANTES EMPADRONADOS Y RESIDENTES EN EL TÉRMINO

MUNICIPAL DE LA GUARDIA DE JAÉN VINCULADAS AL PROGRAMA DE ACCIÓN JUVENIL 2.023

Primera. – Objeto de la convocatoria.

Podrán solicitar estas ayudas todos los vecinos/as de La Guardia de Jaén que acrediten estar empadronados en el municipio de La Guardia de Jaén y ser residentes en el mismo, con un año de anterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda y que hayan estado matriculados durante el curso académico 2022-2023 y superen en la convocatoria de junio de 2023 (Convocatoria Ordinaria II), sin tener en cuenta la convocatoria extraordinaria de verano, los siguientes niveles académicos:

2º Curso de Bachillerato: curso completo aprobado.

2º Curso de Ciclo Superior: curso completo aprobado.

Estudios Universitarios: siempre que se haya superado el 60% de los créditos matriculados en un curso completo de los grados de ingeniería y el 80 % en el resto de titulaciones, siendo necesario estar matriculado, al menos, en 42 créditos.

– No se incluyen los Masters.

Segunda. – Solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el modelo que figura como Anexo I, debidamente cumplimentada en su totalidad y acompañadas de los documentos que se indican en la Base Tercera, quedando facultada la Alcaldía- Presidencia para rechazar aquellas que no cumplan tales requisitos.

Tercera. – Presentación de solicitudes y documentación.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de La Guardia de Jaén, sito en Plaza de San Pedro s/n, de 9 a 14 horas o en los Centros Multiusos de Entrecaminos, N-323 a en su horario habitual o Centro de Información Juvenil en horario de 16 a 20h. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

1.- Impreso de solicitud, en modelo normalizado, debidamente cumplimentado.

2.- Acreditar la matriculación en el curso académico 2022-2023 en los estudios por los que se opta y las calificaciones obtenidas en el mismo. (No se admitirán copias de Capturas de pantalla)

3.- Fotocopia del DNI del solicitante.

Cuarta. – Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes junto con las respectivas calificaciones será hasta el viernes, 14 de julio de 2023.

Una vez finalizado dicho plazo, no se podrán aportar calificaciones, quedando automáticamente excluidos del programa.

Quinta. – Resolución.

El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Guardia de Jaén, D. Juan Morillo García, dispondrá mediante Resolución la correspondiente adjudicación, que será negativa en caso de que dicho informe sea desfavorable para el/los solicitante/es de la/s ayuda/s. En dicha Resolución se hará constar el importe de la ayuda.

Sexta. – Cuantía de la ayuda.

El presupuesto total destinado a estas ayudas asciende a 25.000,00 euros, que se repartirán equitativamente con un importe máximo de 300,00 euros cada una, pudiendo ser dicha cuantía inferior en atención al número de solicitudes.

Séptima. – Condicionalidad y percepción de la ayuda.

La percepción de la ayuda queda condicionada a la emisión de un informe favorable de la Alcaldía que certifique el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base primera del objeto de la convocatoria.

Salvo justificación médica, es obligatoria la asistencia al acto de entrega de la ayuda. El lugar y la fecha de la entrega de las ayudas se anunciarán a través de los canales oficiales de este Ayuntamiento.

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