Información para FACe
Desde el 15 de enero de 2015, según el artículo 4 de la Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación de registro contable de facturas en el sector público, están obligadas a expedir y remitir factura electrónica las siguientes entidades que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública:
– Sociedades Anónimas.
– Sociedades de Responsabilidad Limitada.
– Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
– Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.
– Uniones Temporales de Empresas.
– Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titularización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
A través del la Plataforma Telemática del
Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado FACe
podrán presentar y consultar el estado de sus facturas electrónicas en el Ayuntamiento de La Guardia
Datos de Interés:
Ayuntamiento de La Guardia de Jaén
Plaza San Pedro, s/n – La Guardia de Jaén – Jaén – 23170
NIF: P2305800A
Código DIR3: L01230389
- Oficina contable: L01230389 Secretaría-Intervención
- Órgano gestor: L01230389 Alcaldía
- Unidad de tramitación: L01230389 Tesorería
Trámites para factura electrónica:
Validar facturas
Compruebe si su factura cumple las validaciones necesarias para su presentación en FACe.
Visualice su factura en formato Facturae 3.2/3.2.1
Remitir facturas
Aquí podrá remitir sus facturas electrónicas al Ayuntamiento de La Guardia de Jaén
Consultar facturas
Puede consultar el estado de tramitación de sus facturas y solicitar la anulación de las mismas
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